Botiquín veterinario: ¿Cómo solicitar el alta?
Martes 03 Junio 2025Información para veterinarios
El Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios en España. En relación con el botiquín veterinario, establece una serie de requisitos y procedimientos para su registro y gestión.
¿Qué es el botiquín veterinario?
Es el conjunto de medicamentos y productos sanitarios que un veterinario, empresa veterinaria o sociedad profesional mantiene para el ejercicio de su actividad profesional, incluyendo la tenencia, transporte, aplicación, uso o administración de medicamentos.
Como veterinario, ¿cómo debo proceder?
Todos los veterinarios que mantengan un botiquín veterinario deben cumplir con las obligaciones establecidas por el Real Decreto 666/2023. Estas incluyen:
1. Comunicación a la autoridad competente: El veterinario o entidad responsable debe comunicar a la autoridad competente (generalmente, la comunidad autónoma) la existencia del botiquín veterinario, indicando su ubicación y los profesionales que harán uso del mismo. Esta comunicación debe realizarse telemáticamente a través de los canales establecidos por cada comunidad autónoma. Al final de este blog podrás encontrar los enlaces para realizar la comunicación en cada comunidad.
2. Mantener el botiquín bajo custodia y responsabilidad del veterinario o entidad registrada, asegurando que su ubicación cumple con lo establecido en la normativa.
3. Registro informatizado de entradas y salidas: Se debe llevar un registro informatizado de cada transacción de entrada y salida de medicamentos del botiquín, incluyendo información como la fecha, nombre del medicamento, forma farmacéutica, código nacional y cantidad suministrada.
4. Recetas electrónicas: Cuando se utilicen medicamentos del botiquín, se deben emitir recetas electrónicas que registren la trazabilidad de la prescripción y dispensación, identificando a las personas que intervienen en el proceso y garantizando la autenticidad de los documentos emitidos.
5. Prohibición de comercialización: Los medicamentos del botiquín no pueden ser comercializados; su uso está restringido a la atención de los animales bajo la responsabilidad del veterinario o entidad titular del botiquín.
Cumplir con estos requisitos es fundamental para garantizar la legalidad en el uso de medicamentos veterinarios y evitar sanciones.
A continuación te facilitamos los enlaces para encontrar más información sobre el procedimiento y realizar la comunicación del botiquín en cada comunidad autónoma:
ANDALUCÍA
Sede electrónica Junta de Andalucía
Descargar formulario
ARAGÓN
Comunicación de depósito de medicamentos veterinarios
ASTURIAS
Comunicación de botiquines veterinarios
BALEARES
Comunicación de botiquín de medicamentos de uso veterinario
CANARIAS
Autorización de depósitos de medicamentos
CANTABRIA
Modelo de comunicación de tenencia de botiquín veterinario
Este documento debe registrarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria dirigido a Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Dirección General de Ganadería. Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.
Registro electrónico general
CASTILLA Y LEÓN
CASTILLA-LA MANCHA
Comunicación de botiquín clínico veterinario
CATALUÑA
Comunicación de tenencia de botiquín veterinario
EXTREMADURA
Más información y modelos de comunicación
GALICIA
LA RIOJA
MADRID
MURCIA
NAVARRA
Comunicación de botiquín veterinario por parte de profesionales veterinarios
PAÍS VASCO
Declaración responsable de botiquín veterinario
VALENCIA
Comunicación de un depósito de medicamentos veterinarios para uso profesional
Una vez tengas el número de botiquín, envíanos esta información para así poderla incluir en tu ficha de cliente y en los albaranes / facturas correspondientes.
